Sumario: M0004191
TEMA
CONCURSOS-VERIFICACION DE CREDITOS-PRECLUSION
Texto
Reconocida la preclusión los jueces de grado, garantizando los principios de legalidad y seguridad jurÃdica, no deberÃan admitir avasallar el texto expreso de la ley -Art. 38 de la L.C.- y revivir vÃa incidental cuestiones preclusas pasadas en autoridad de cosa juzgada, subsanando los actos propios de la parte deudora incidentista.
Ref. Normativas :
Texto Ordenado Ley 19.551 Art.38
Fuente : OFICIAL
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. POSADAS, MISIONES.
(Poggiese de OudÃn-Dionisi-Schiavoni-Catella-Rojas-Silveira Márquez-Absi-Márquez Palacios-Bertolini(en disidencia).)
Banco Provincia de Mnes. s/ Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley e Inconstitucionalidad.
SENTENCIA del 11 de Abril de 2001
Concursos - Verificación de Créditos - Preclusión