Sumario: M0004425
TEMA
DAÃOS Y PERJUICIOS-DAÃO MORAL-LEGITIMACION ACTIVA
Texto
Tanto la doctrina como la jurisprudencia reconocen derecho a reclamar daño moral por muerte de la vÃctima a los ascendientes, descendientes o cónyuge, ya sea en forma individual o conjunta, pero no a los hermanos, cuya filiación los excluye de la nómina a que se refiere el Art. 1078 del C.C., cuando habla de “herederos forzosos”, por cuanto éstos son únicamente los mencionados antes, que forman las lÃneas directas, y no los hermanos que pertenencen a las lÃneas “colaterales”, siendo por lo tanto herederos legÃtimos aunque no forzosos.
Fuente : OFICIAL
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. POSADAS, MISIONES. [Sumarios relacionados]
(Márquez Palacios-Schiavoni-Dionisi-Absi-Catella-Bertolini(En disidencia))
Perete, Claudio y otra y p.s.h.m. y Carlos Albert Fuks y otro. s/ Recursos Extraordinarios de Inaplicabilidad de Ley.
SENTENCIA del 11 de Diciembre de 2001
DAÃOS Y PERJUICIOS-DAÃO MORAL-LEGITIMACION ACTIVA