Abogados. Posadas, Misiones. Estudios Jurídicos: CONFLICTO DE PODERES-DESIGNACION DE MAGISTRADOS-PODER EJECUTIVO-FACULTADES DISCRECIONALES-CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

CONFLICTO DE PODERES-DESIGNACION DE MAGISTRADOS-PODER EJECUTIVO-FACULTADES DISCRECIONALES-CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Sumario: M0004438

TEMA
CONFLICTO DE PODERES-DESIGNACION DE MAGISTRADOS-PODER EJECUTIVO-FACULTADES DISCRECIONALES-CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


Texto

Constituye una autolimitación no vinculante para el Sr. Gobernador, la elección de las propuestas que les fueren elevadas por el Consejo de la Magistratura, como surge de la propia disposición transitoria y de la clara facultad privativa que la Constitución asigna al Poder Ejecutivo. Por ello, hubo exceso en el caso de las facultades que la Constitución asigna a los jueces, configurándose una invasión indebida en esferas de otro Poder del Estado, en el caso del Poder Ejecutivo, impidiéndole el ejercicio de facultades que constitucional y legalmente le corresponden, y por tanto “poder invasor” por ejercicio irregular de su competencia.(Dra. Catella: según su voto).


Fuente : OFICIAL

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. POSADAS, MISIONES.

(Bertolini-Rojas-Poggiese de Oudín-Dionisi-Márquez Palacios-Catella(según su voto)-Absi)

Provincia de Misiones. s/ Denuncia conflicto de jurisdicción y competencia.

SENTENCIA del 18 de Diciembre de 2001



CONFLICTO DE PODERES-DESIGNACION DE MAGISTRADOS-PODER EJECUTIVO-FACULTADES DISCRECIONALES-CONSEJO DE LA MAGISTRATURA