Abogados. Posadas, Misiones. Estudios Jurídicos: ACCION DE AMPARO-DEBIDO PROCESO

ACCION DE AMPARO-DEBIDO PROCESO

Sumario: M0004277

TEMA
ACCION DE AMPARO-DEBIDO PROCESO


Texto

El derecho consagrado en el Art. 18 de la Constitución Nacional exige que los litigantes sean oídos y que se encuentren en condiciones de hacer valer sus derechos por los medios legales pertinentes, sin que la circunstancia de que el amparo constituya una vía excepcional y que la parte indefensa sea el Estado Provincial, altere o excuse la aplicación plena de estas garantías.


Ref. Normativas :

Constitución Nacional (1994) Art.18

Fuente : OFICIAL

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. POSADAS, MISIONES. 

(Dionisi-Márquez Palacios-Schiavoni-Poggiese de Oudín-Rojas-Catella(En disidencia)-Bertolini(En disidencia)-Absi(En disidencia))

Provincia de Misiones. s/ Recurso Extraordinario de Nulidad, Inaplicabilidad de Ley e Inconstitucionalidad.

SENTENCIA del 3 de Octubre de 2001



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