Sumario: M0004245
TEMA
HONORARIOS DEL ABOGADO-INTERESES-TASAS DE INTERES
Texto
Partiendo de la premisa de que la aplicación de la tasa Activa para los intereses que ordena abonarla, el fallo de Alzada resultan incompatibles con la ley de converti bilidad, lo prescripto por el Art. 37 de la Ley Nro. 607 de honorarios profesionales debe ceder ante la directiva expresa de la Ley Nacional 23928 (Art 7,8,10 y 13), y aplicarse en consecuencia la tasa que abona el Banco Macro por depósito a 30 dÃas(tasa pasiva. (Dr. Rojas:Según su voto).
Ref. Normativas :
Ley 607 de Misiones Art.37
Ley 23.928 Art.7 al 8
Ley 23.928 Art.10
Ley 23.928 Art.13
Fuente : OFICIAL
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. POSADAS, MISIONES.Â
(Catella-Dionisi-Poggieses de OudÃn-Absi-Schiavoni-Márquez Palacios (Según su voto)-Silveira Márquez-Rojas (Según su voto) Bertolini(En disidencia))
Sociedad Industrializadora de Maderas Argentinas S.A. (SIDEMA S.A.). s/ Rec. Ext. de Inap de Ley y Nulidad.
SENTENCIA del 10 de Agosto de 2001
HONORARIOS DEL ABOGADO-INTERESES-TASAS DE INTERES