Abogados. Posadas, Misiones. Estudios Jurídicos: La Corte declara su incompetencia para entender originariamente en una causa por daño ambiental colectivo

La Corte declara su incompetencia para entender originariamente en una causa por daño ambiental colectivo

Flores Núñez, Roberto Ramón c/ San Juan, Provincia de y otros s/ daño ambiental

FALLO

27 de agosto de 2013

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL

Id Infojus: NV5907
TEXTO
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SÍNTESIS

Declara la incompetencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para conocer en forma originaria en una demanda por daño ambiental colectivo iniciada, en los términos del art. 30 de la Ley General del Ambiente N° 25.675, por un vecino de una localidad de la provincia de La Rioja que invocó su condición de “afectado”, contra la empresa concesionaria de un proyecto minero ubicado en la Provincia de San Juan y contra la mencionada provincia. Afirma que, de los términos de la demanda se desprende que su resolución exigirá ineludiblemente el examen del acto administrativo de aprobación del informe de impacto ambiental presentado por la concesionaria y de las normas locales en las que se sustentó dicho acto y, por consiguiente, no se configura la “causa civil” que representa el requisito ineludible para habilitar la competencia originaria de la Corte en las causas de distinta vecindad de la contraria cuando una provincia es parte.



La Corte declara su incompetencia para entender originariamente en una causa por daño ambiental colectivo